sábado, 27 de septiembre de 2014
ACOSO LABORAL
16:55
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ACOSO
LABORAL.
En los
próximos reglones se mostrara una de las problemáticas Gerenciales que se ve
con frecuencia en las Empresas u Organizaciones como lo es el Acoso Laboral, que se pensaba que solo
ocurría en los colegios entre estudiantes pero la verdad es que esta
problemática ha estado por siempre no solo en instituciones educativas sino
también en los lugares de trabajo de cualquier empresa en cualquier parte del
mundo, afectando de manera significativa la productividad de la empresas.
El acoso
laboral o acoso laboral en el
trabajo, conocido comúnmente a través del término inglés mobbing:
‘asediar’, ‘acosar’, ‘acorralar en grupo’, es tanto la acción de un hostigador
u hostigadores conducente a producir miedo, terror, desprecio o desánimo en el trabajador
afectado hacia su trabajo, como el efecto o la enfermedad que produce en el
trabajador. Esta persona o grupo de personas reciben una violencia psicológica injustificada a
través de actos negativos y hostiles dentro o fuera del trabajo por parte de
grupos sociales externos, de sus compañeros ("acoso horizontal",
entre iguales), de sus subalternos (en sentido vertical ascendente) o de sus superiores (en sentido vertical
descendente, también llamado bossing, del inglés boss, jefe).
Dicha violencia psicológica se produce de forma sistemática y recurrente
durante un tiempo prolongado, a lo largo de semanas, meses e incluso años, y a
la misma en ocasiones se añaden "accidentes fortuitos" y hasta
agresiones físicas, en los casos más graves. Una situación de acoso muy
prolongada en el tiempo, además de enfermedades o problemas psicológicos, puede
desembocar, en situaciones extremas, en el suicidio de la víctima. Lo
que se pretende en último término con este hostigamiento, intimidación o
perturbación (o normalmente la conjugación de todas ellas) es el abandono del trabajo
por parte de la víctima o víctimas, la cual es considerada por sus agresores
como una molestia o amenaza para sus intereses personales (necesidad de
extorsión, ambición de poder, de riquezas, posición social, mantenimiento del
statu quo, etc.)
El
científico sueco Heinz Leyman investigó el
fenómeno en la década de 1980, y fue quien utilizó
por primera vez el término mobbing para referirse al problema. Otros
autores destacados en el estudio del acoso moral y del mobbing son la
francesa Marie-France
Hirigoyen
y el español Iñaki Piñuel y Zabala.
Su definición correcta implica establecer y objetivar el
carácter real y fehaciente de una serie de comportamientos que, a pesar de que
son habitualmente negados por quienes los practican, se pueden establecer o
acreditar externamente por testigos, registros, grabaciones o documentos.
No sólo los escolares se ven
afectados por este tipo de abuso. También haaa¡¡¡¡
ocurre en las
empresas.
El bullying laboral se manifiesta a través de un comportamiento de abuso para que los empleados se sientan incómodos, generando un
impacto negativo a nivel psicológico entre quienes resulten afectados. De
acuerdo a esto, Workplace Bullying Institute, organización creada para ayudar a
quienes sufren bullying, este acoso es “un maltrato lo suficientemente severo
como para comprometer la salud de un empleado, poniendo en peligro su carrera
laboral y su vida personal”.
Situaciones
en las que se desarrolla el fenómeno:
Las
situaciones que generan bullying laboral dentro de una empresa son muy comunes,
aunque, debido a las formas que se puede presentar, no siempre se detectan a
tiempo. Algunas de ellas son:
-Amenazas
personales.
-Comentarios
despectivos.
-Humillación
pública.
-Abuso
verbal.
-Intimidación.
-Demandas
excesivas.
Debido a que
el bullying tiene una connotación infantil, muchos adultos que sufren este
acoso creen que lo mejor es soportar el problema, ya que son el principal
sustento de la familia. Ésta, no es una buena opción, porque, lamentablemente,
el bullying no desaparece de un día para otro, al contrario, se intensifica y
debilita más a la persona afectada.
Muchos
opinan que el asunto empieza desde el anuncio clasificado: disponibilidad 7/24,
carro y computador propios, sin salario fijo y que adore ‘trabajar bajo presión’.
Para otros empieza con la firma del contrato y las múltiples y justificables
causas para rescindir un contrato sin indemnización o las creativas formas de
contratación a través de terceros. Para algunos el viacrucis empieza con el
horario. Mientras en la cultura europea o americana trabajar después de las 5
p.m. se considera sobrecarga o ineficiencia, en Colombia llegar a trabajar bien
temprano y salir después de las 8 de la noche es sinónimo de compromiso
organizacional y ‘tener puesta’ la camiseta de la empresa. Para algunos
empleados, la pesadilla son las típicas frases motivadoras de muchos jefes:
“afuera hay mil esperando su puesto, el informe es para ya, nos toca trabajar
el domingo, este mes no se pagan comisiones, yo no soy niñera de nadie o haga lo
que tenga que hacer, pero es para mañana. Y punto”.
Para muchos,
su calvario son el exceso de reuniones interminables e inocuas, los
interminables informes para clientes internos, sistemas de gestión de calidad
mal implementados, procesos y reprocesos absurdos y costosos, políticas
diseñadas por personas que nunca le ponen ‘la cara’ a los clientes o
proveedores y plataformas de informática y comunicaciones que en lugar de hacer
la vida fácil la vuelven una diaria carrera de obstáculos dignas de las olimpiadas.
Y muchas
veces cuando la valentía alimenta las reflexiones, críticas o cuestionamientos,
aparece la frase mágica que aquieta pasiones y voluntades: “si no le gusta,
mire a ver qué hace. Búsquese otro empleo”.
Oscar Mendoza P.
Consultor
Características del mobbing:
Según el
profesor Iñaki Piñuel y Zabala son estrategias habituales en el acoso laboral
las siguientes:
- Gritar, avasallar o insultar a la
víctima cuando está
sola o en presencia de otras personas.
- Asignarle objetivos o proyectos
con plazos que se saben inalcanzables o imposibles de cumplir, y tareas
que son manifiestamente inacabables en ese tiempo.
- Sobrecargar selectivamente a la
víctima con mucho trabajo.
- Amenazar de manera continuada a
la víctima o coaccionarla.
- Quitarle áreas de responsabilidad
clave, ofreciéndole a cambio tareas rutinarias, sin interés o incluso
ningún trabajo que realizar ("hasta que se aburra y se vaya").
- Modificar sin decir nada al
trabajador las atribuciones o responsabilidades de su puesto de trabajo.
- Tratarle de una manera diferente
o discriminatoria, usar medidas exclusivas contra él, con vistas a
estigmatizarlo ante otros compañeros o jefes (excluirle, discriminarle,
tratar su caso de forma diferente, trasladarle a puestos inferiores,
rebajarle el sueldo).
- Ignorarle ("hacerle el
vacío") o excluirlo, hablando sólo a una tercera persona presente, simulando
su no existencia ("ninguneándolo") o su no presencia física en
la oficina, o en las reuniones a las que asiste ("como si fuese
invisible").
- Retener información crucial para
su trabajo o manipularla para inducirle a error en su desempeño laboral, y
acusarle después de negligencia o faltas profesionales.
- Difamar a la víctima, extendiendo
por la empresa u organización rumores maliciosos o calumniosos que
menoscaban su reputación, su imagen o su profesionalidad.
- Infravalorar o no valorar en
absoluto el esfuerzo realizado por la víctima, negándose a evaluar
periódicamente su trabajo.
- Bloquear el desarrollo o la
carrera profesional, limitando retrasando o entorpeciendo el acceso a
promociones, cursos o seminarios de capacitación.
- Ignorar los éxitos profesionales
o atribuirlos maliciosamente a otras personas o a elementos ajenos a él,
como la casualidad, la suerte, la situación del mercado, etc.
- Criticar continuamente su
trabajo, sus ideas, sus propuestas, sus soluciones, etc.; o simplemente no
tomarlas en cuenta bajo cualquier pretexto.
- Monitorizar o controlar
malintencionadamente su trabajo con vistas a atacarle o a encontrarle
faltas o formas de acusarle de algo.
- Castigar duramente o impedir
cualquier toma de decisión o iniciativa personal en el marco de sus
responsabilidades y atribuciones.
- Bloquear administrativamente a la
persona, no dándole traslado, extraviando, retrasando, alterando o
manipulando documentos o resoluciones que le afectan.
- Ridiculizar su trabajo, sus ideas
o los resultados obtenidos ante los demás trabajadores, caricaturizándolo
o parodiándolo.
- Invadir la privacidad del acosado
interviniendo su correo, su teléfono, revisando sus documentos, armarios,
cajones, etc.
- Robar, destruir o sustraer
elementos clave para su trabajo.
- Atacar sus convicciones
personales, ideología o religión.
- Animar a otros compañeros/jefes a
participar en cualquiera de las acciones anteriores mediante la
persuasión, la coacción o el abuso de autoridad.2
- Cargar de mayor cantidad de
tareas y obligaciones, hacerlo trabajar horas extra arbitrariamente sin
derecho a pago, etc.
- Negar el derecho a vacaciones o a
tiempo libre.
- Hacer concurrir a laborar aun
estando enfermo negándole el derecho a su debido reposo o a concurrir a
citas médicas.
- Descontar de su sueldo cualquier
permiso para diligencias importantes achacándolo como "falta
injustificada".
Perfil del acosador:
El fin
último del acosador es el "asesinato psicológico" de la víctima, y el
motivo principal encubrir la propia mediocridad, todo ello debido al miedo y la
inseguridad que experimentan los
acosadores hacia sus propias carreras profesionales. De este modo se puede
desviar la atención o desvirtuar las situaciones de riesgo para ellos, haciendo
de las víctimas verdaderos chivos expiatorios de las
organizaciones. La mera presencia de la víctima en el lugar de trabajo
desencadena, debido a sus características diferenciales, una serie de
reacciones inconscientes, causadas por los problemas psicológicos previos que
presentan los hostigadores. En otras ocasiones, el temor procede de la amenaza
que supone para éstos el conocimiento por parte de la víctima de situaciones
irregulares, ilegales o de fraudes.
Los agentes
tóxicos del acoso son en la mayoría de los casos los superiores o jefes,
apoyados a menudo por "esbirros" o "sicarios". También hay
muchos acosadores entre los propios compañeros de la víctima, y se calcula que,
en un 4 % de casos, el mobbing es de tipo ascendente, es decir, del
subordinado al superior.
Profesiones más afectadas:
Son
profesionales más frecuentemente afectados los funcionarios y el personal
laboral contratado de las administraciones públicas (central, regional o
local), los profesores investigadores de las universidades públicas y privadas,
los trabajadores de la enseñanza primaria, media o universitaria, informáticos,
auditores, los trabajadores de la salud, cuidadores de guarderías y escuelas
infantiles, personal de hostelería y turismo, personal de bancos e
instituciones financieras, oficiales de marina mercante, así como los miembros
de organizaciones denominadas ideológicas (instituciones y organizaciones
caritativas o religiosas, partidos políticos, sindicatos). En general, todo el
sector de los servicios resulta afectado en mayor proporción.6
Consecuencias psicológicas y laborales:
- Lento deterioro de la confianza
en sí misma y en sus capacidades profesionales por parte de la víctima.
- Proceso de desvaloración personal.
- Desarrollo de la culpabilidad en
la víctima (la propia familia suele cuestionarla sobre su comportamiento).
- Creencia de haber cometido
verdaderamente errores, fallos o incumplimientos.
- Somatización del conflicto:
enfermedades físicas (por ejemplo, dolor de cabeza o síndrome del intestino irritable).
- Insomnio, ansiedad, estrés, angustia, irritabilidad,
hipervigilancia, fatiga,
cambios de personalidad, problemas de
relación con la pareja, depresión.
- Inseguridad emocional, torpeza,
indecisión, conflictos con otras personas e incluso familiares.
- Mella en la autoestima.
- Trastorno por estrés agudo.
- Bajas laborales que el acosador
suele aprovechar contra el trabajador, acusándolo de bajo rendimiento.10
Estrategias personales para superar el mobbing:
- Identificar el problema del mobbing
como tal: formarse e informarse sobre el problema.
- Documentar y registrar las
agresiones de que se es objeto desde el inicio.
- Hacer públicas las agresiones que
se reciben en la intimidad y en secreto y comunicarlas a compañeros,
jefes, directivos, asesores, pareja, amigos y familiares.
- Desactivarse emocionalmente:
evitar reaccionar ante los ataques.
- Controlar y canalizar la ira y el
resentimiento, ya que la ira es la aliada del acosador: evitar explosiones
de ira.
- Hacer frente al mobbing:
el afrontamiento hace recular al hostigador, que es cobarde en el fondo.
- Dar respuesta a las calumnias y
críticas destructivas con asertividad (sin pasividad
ni agresividad).
- Proteger los datos, documentos y
archivos del propio trabajo y guardar todo bajo llave, desconfiando de las
capacidades manipulativas de los hostigadores.
- Evitar el aislamiento social:
salir hacia afuera y afrontar socialmente la situación del acoso.
- Rechazar la inculpación sin
aceptación ni justificación mediante la extroyección de la
culpabilidad.
- No intentar "convencer"
o "cambiar" al hostigador.
- No caer en la inhibición: contar
a otros el acoso. Hablar del tema del acoso, comunicarlo, escribirlo,
relatarlo, etc.
- Desarrollar la empleabilidad
propia: incrementar la formación y capacitación profesional.
- Ir conscientemente el acosado a
la baja laboral o a la renuncia voluntaria antes de permitir ser destruido
psíquicamente.
- Solicitar desde el principio asesoramiento
psicológico especializado.
- Solicitar consejo legal para
hacer valer y defender los derechos propios.
- Desarrollar la "autoestima
autónoma" como vacuna contra el acoso.
- Desarrollar el poder curativo del
humor.
- Permitirse llorar por el daño
propio, como medio de desahogo.
- Perdonar al acosador, como forma
de liberación final.19
Legislación:
En la República de
Colombia se expidió la ley 1010 de 2006 por medio de la cual se adoptan medidas
para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en
el marco de las relaciones de trabajo.
Conductas que constituyen acoso laboral:
Se ha tipificado por la LEY como acoso laboral por parte del
empleador una serie de conductas de este contra sus empleados:
Se presumirá que hay acoso laboral si se acredita la
ocurrencia repetida y pública de cualquiera de las siguientes conductas:
Los actos de agresión física, independientemente de sus
consecuencias;
Las expresiones injuriosas o ultrajantes sobre la persona,
con utilización de palabras soeces o con alusión a la raza, el género, el
origen familiar o nacional, la preferencia política o el estatus social;
Los comentarios hostiles y humillantes de descalificación
profesional expresados en presencia de los compañeros de trabajo;
Las injustificadas amenazas de despido expresadas en presencia
de los compañeros de trabajo;
Las múltiples denuncias disciplinarias de cualquiera de los
sujetos activos del acoso, cuya temeridad quede demostrada por el resultado de
los respectivos procesos disciplinarios;
La descalificación humillante y en presencia de los
compañeros de trabajo de las propuestas u opiniones de trabajo;
Las burlas sobre la apariencia física o la forma de vestir,
formuladas en público;
La alusión pública a hechos pertenecientes a la intimidad de
la persona;
La imposición de deberes ostensiblemente extraños a las
obligaciones laborales, las exigencias abiertamente desproporcionadas sobre el
cumplimiento de la labor encomendada
y el brusco cambio del lugar de trabajo o de la labor contratada sin ningún
fundamento objetivo referente a la necesidad técnica de la empresa;
La exigencia de laborar e n
horarios excesivos respecto a la jornada
laboral
contratada o legalmente establecida, los cambios sorpresivos del turno laboral
y la exigencia permanente de laborar en dominicales y días festivos sin ningún fundamento objetivo en las
necesidades de la empresa, o en forma discriminatoria respecto a los demás
trabajadores o empleados;
El trato notoriamente
discriminatorio respecto a los demás empleados en cuanto al otorgamiento de
derechos y prerrogativas laborales y la imposición de deberes laborales;
La negativa a suministrar
materiales e información absolutamente indispensables para el cumplimiento de
la labor;
La negativa claramente
injustificada a otorgar permisos, licencias por enfermedad, licencias
ordinarias y vacaciones, cuando se dan las condiciones legales,
reglamentarias o convencionales para pedirlos;
El envío de anónimos, llamadas telefónicas y mensajes
virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio o el sometimiento a
una situación de aislamiento social.
En los demás casos no enumerados en este artículo, la
autoridad competente valorará, según las circunstancias del caso y la gravedad
de las conductas denunciadas, la ocurrencia del acoso laboral descrito en el
artículo 2o.
Excepcionalmente un sólo acto hostil bastará para acreditar
el acoso laboral. La autoridad competente apreciará tal circunstancia, según la
gravedad de la conducta denunciada y su capacidad de ofender por sí sola la
dignidad humana, la vida e integridad física, la libertad sexual y demás
derechos fundamentales.
Cuan do las conductas descritas en este artículo tengan
ocurrencias en privado, deberán ser demostradas por los medios de prueba
reconocidos en la ley procesal civil.
La norma, condiciona el acoso laboral a que estas conductas
sean reiteras y públicas, de suerte que aquellas esporádicas y en privado, muy
seguramente no puedan ser alegadas como acoso laboral.
Respecto a las conductas sucedidas en privado, es decir, sin
la presencia de testigos, pueden ser alegadas como acoso laboral pero requiere
de su demostración “por los medios de prueba reconocidos en la ley procesal
civil”, por parte de quien las alega, en cambio, aquellas conductas
esporádicas, ocasionales no podrán alegarse como acoso laboral, aun cuando
correspondan a conductas que por definición legal, son propias del acoso
laboral.
http://www.gerencie.com/conductas-que-constituyen-acoso-laboral.html
CONCLUSIONES.
·
Es de suma importancia entender los
comportamientos, las necesidades y las actitudes humanas en el ámbito laboral
así como las interacciones sociales y los procesos de grupo para así crear un
ambiente laboral favorable en beneficio de la Organización en busca de una
Gerencia efectiva.
·
El bullying laboral se ve con frecuencia
desconociendo todo lo que acarrea esta problemática, por eso debe ser frenado a
tiempo para evitar consecuencias mayores que de seguro afectara tanto a la
persona como a la empresa u Organización.
·
Esta problemática no solo se encuentra tan
solo en una especie de mente paranoide o autorreferencial de las víctimas, sino
que las conductas de hostigamiento que lo originan existen en la realidad,
incluso fuera del espacio laboral, trascendiendo a la familia, el hogar y los
círculos sociales que frecuenta la persona.
RECOMENDACIONES
·
Encontrar
aquello que motive o inspire a los empleados de una empresa es un tanto
difícil, pero la tarea de todo aquel que está en posición de liderazgo, jefe,
director, Administrador, Gerente etc., es encontrar en aquellos que están bajo
su dirección, qué es lo que los motiva a crear y aun, qué es lo que les
desmotiva para no crear.
·
Estar
atentos en caso de presentarse estas situaciones será vital para detener el
abuso, ya que si persiste en el tiempo, puede generar depresión e incluso en los
casos más críticos puede causar hasta la muerte o el suicidio.
·
La incidencia poblacional del acoso laboral se calcula
que se encuentra entre el 10 y el 15 % del total de los trabajadores en
activo, por eso se Recomienda para los
niveles Gerenciales aplicar la Perspectiva Humanística en cuanto a la
Administración se Refiere, en busca un Desarrollo gerencial efectivo y de la
productividad de la empresa, pues con
esta perspectiva se busca entender más la parte humana, pues el control eficaz proviene desde el interior del trabajador
individual y no de la implantación de un control autoritario y estricto.
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